Conducta en las misiones de la ONU
Profesionalidad. Eficiencia. Integridad. Dignidad.

Procesos disciplinarios

Cuando las acusaciones de falta de conducta se han investigado y resultan ser fundadas, la Oficina de Gestión de Recursos Humanos (OGRH) del Departamento de Gestión se encarga de adoptar las decisiones relativas a las medidas disciplinarias dirigidas al personal civil. El Grupo Disciplinario de los Voluntarios de las Naciones Unidas (VNU) se encarga de estudiar los asuntos que afectan a los VNU. En función de la naturaleza de la falta de conducta, las medidas dirigidas al personal civil pueden ir desde una amonestación hasta una destitución. Los asuntos relacionados con contratistas y proveedores se remiten a la División de Adquisiciones del Departamento de Gestión o a la misión, en función de cuál sea la entidad que supervisa el contrato en cuestión.

Si las acusaciones de falta de conducta grave que afectan a personal militar y de policía están fundadas, las Naciones Unidas pueden repatriar a las personas afectadas por motivos disciplinarios y prohibirles participar en operaciones futuras de mantenimiento de la paz. La imposición de medidas disciplinarias y otras medidas judiciales, entre las que se pueden encontrar la responsabilidad penal o la responsabilidad civil en relación con la pensión alimenticia de los hijos, sigue siendo competencia de la jurisdicción nacional de la persona afectada. A los Estados Miembros se les solicita que mantengan a la Secretaría informada de los avances y resultados de las investigaciones, así como de las medidas disciplinarias y administrativas adoptadas en el plano nacional.

En el caso de que las acusaciones que no representan una falta de conducta grave estén fundadas, pueden adoptarse medidas administrativas en el plano de la misión. Dichas medidas pueden consistir en una advertencia verbal o una carta de amonestación.

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